Algunas dudas sobre...

Para la realización de unas PRÁCTICAS CURRICULARES es necesario que estés matriculado en el curso en el que quieres realizarlas, de la asignatura PRACTICAS EN EMPRESA y de forma PREVIA al inicio de su tramitación, ya sea obligatoria u optativa. Cada titulación tiene establecido un número de horas a realizar y un cuatrimestre predeterminado para su realización. Consulta en tu Secretaría de Gestión Académica y/o con tu Coordinador de prácticas del Centro.


Para la realización de unas PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES debes tener matrícula activa en el curso académico vigente. Son de carácter voluntario y es preciso que tengas superado al menos el 50% de los ECTS de la titulación que curses. Si estas matriculado en un Master o Doctorado no hace falta que tengas un mínimo de ETCS superados.


Depende del tipo de práctica:

Si la práctica es extracurricular puedes realizarla a lo largo de todo el curso académico, con un mínimo de 100 horas y hasta 750 horas por curso académico (del 1 octubre de un año al 30 de septiembre del siguiente)

Si la práctica es curricular obligatoria, tanto las horas como el inicio, dependerán de cómo esté planificada en tu plan de estudios: nº curso, nºcuatrimestre, etc. Consulta a la Secretaría de Gestión Académica y/o al Coordinador de las prácticas de tu Centro.


Tengo tres opciones:

1ª) A través de la aplicación de prácticas PEM, consulta si existe una oferta que pueda adecuarse a tu titulación y perfil . Puedes inscribirte en las quieras participar en la selección, la cual realizará la empresa.

2ª) Puedes buscar una empresa que te permita realizar las prácticas en sus instalaciones. Si se trata de prácticas curriculares primero tienes que obtener la autorización del responsable académico de la asignatura “Prácticas en empresa” de tu titulación.

3ª) También puedes consultarlo con el Coordinador de Prácticas de tu Escuela o Facultad para ver si puede recomendarte una empresa.

Ten presente también que las empresas tienen hasta el 10 de julio de cada año para presentar ofertas de prácticas que se puedan realizar dentro de un curso académico. Es decir las ofertas posteriores formarán parte del curso siguiente.

 


Se pueden dar dos casos:

1ª) Que ya tenga Convenio de Cooperación Educativa suscrito con la UPCT: puede realizar la oferta de prácticas a través de su cuenta en el portal de prácticas PEM indicando en la misma el nombre completo y DNI del estudiante que ya tiene seleccionado. Si el estudiante cumple los requisitos establecidos, la práctica se le adjudicará de forma directa.

2ª) Si no tiene Convenio de Cooperación Educativa, deben iniciar el trámite registrándose en el portal de prácticas PEM y solicitarlo.

Recuerda que no podrán iniciarse las prácticas hasta tanto la empresa no realice el trámite de firma del Convenio a través del portal de prácticas PEM y estén firmados todos los documentos que genera la aplicación PEM  (Aceptación, Anexo I)


Me comprometo a su realización en las condiciones exactas que aparecen en el Anexo I que yo mismo he aceptado antes de iniciarlas (fechas, horas, tareas, etc…)

Me comprometo a asistir a las tutorías que mi tutor académico me asigne, para un seguimiento de la misma.


Sí, siempre y cuando la duración y el proyecto formativo se ajuste a lo estipulado al Plan de Estudios matriculado. Además:

- Han de tener una duración igual o superior a las horas que se requieran para la superación de la asignatura de Prácticas en Empresas de la estés matriculado. Para conocer dichas horas debes consultarlo en tu Secretaría de Gestión Académica.

- Deberás estar matriculado de la asignatura de Prácticas de empresas (plazo abierto todo el curso) y presentar una solicitud en la Secretaría de tu Centro de estudios adjuntándole el Certificado expedido por la Secretaría General.

Para informarte sobre el procedimiento de forma detallada debes dirigirte a la Secretaría de tu Centro.


Si renuncias a las prácticas por un motivo justificado, como la entrega del TFG o TFM, realización de un contrato de trabajo, enfermedad continuada, etc, éstas serán certificadas por las horas reales que hayas realizado hasta la fecha de la renuncia, siempre y cuando éstas superen las 100 horas. Tendrás que solicitarlo a través de la aplicación y aportar la documentación que lo justifique

Si la renuncia no es justificada (ej: estudiar para pruebas…) las horas realizadas no se te certificarán como prácticas realizadas.


Para la empresa es opcional la compensación económica a través de una bolsa o ayuda al estudio. En ningún caso se consideraría un sueldo o salario ya que no estas vinculado a través de un contrato laboral.


Sí, siempre que estén ofreciéndome una compensación económica (beca, ayuda….).

En el caso de que las prácticas sean curriculares la empresa podrá recuperar las cuotas de las Seguridad Social.


Además de por el Seguro Escolar, (en el caso de que tengas menos de 28 años), al matricularte quedas amparado por un seguro privado contratado por la UPCT que cubre entre otros: accidente de trabajo, en itinere, responsabilidad civil, enfermedad, etc.


Me dirigiré al tutor empresarial o bien a mi tutor académico, ambos velarán por mi formación y harán un seguimiento de ella. También puedo acudir al COIE.


Además de la memoria intermedia que habrás presentado a la mitad de tu periodo de prácticas, cuando finalices es necesario que presentes a tu tutor académico una Memoria final para que pueda evaluarte. También tendrás que cumplimentar los informes de valoración de las prácticas. La no entrega de esta documentación implicará que se tomen como no realizadas y no podrás obtener el Certificado de la Secretaría General (también necesario para su reconocimiento académico).


Solamente debes subir un pdf a la plataforma desde la opción "Subir memoria" del apartado Mis Prácticas. Las instrucciones sobre como redactar la memoria vienen recogidas en la plantilla descargable desde la opción "Subir memoria" o desde aquí.


Las prácticas curriculares serán evaluadas en acta como una asignatura más. Las prácticas extracurriculares se podrán incorporar al expediente.

El alumno podrá obtener en ambos casos un certificado expedido por la Secretaría General donde aparezcan los datos de su práctica: fechas, horas,  actividades.


Puedes iniciar el procedimiento de reclamación establecido a través de la aplicación de prácticas PEM.


Las prácticas académicas por lo general y debido a que su importe no suele ser muy elevado podrían estar exentas de tributar en la declaración de la renta. Sin embargo hay que asegurarse de que se cumplen las obligaciones con Hacienda. Se contemplan varios casos sobre la declaración de la renta:

- Si has ganado más de 22.000 euros de un solo pagador (prácticas en una sola empresa), deberás presentar el IRPF.

- Si has tenido más de un pagador, el límite será de 12.000 euros, siempre que hayas percibido más de 1.500 euros en total del segundo y siguientes pagadores.

Lo mejor es que te informes en tu Delegación de Hacienda o en la Agencia Tributaria.


Al Centro de Orientación, Información y Empleo (COIE) de la UPCT, que está ubicado en el Rectorado de la UPCT,  Plaza Cronista Isidoro Valverde s/n. Ala Este. Segunda Planta.

También puedes llamar al teléfono 968325426/5641, o escribir al email:  practicas@upct.es

o dirigirte al Coordinador de Prácticas de tu Centro.


Una vez calificada la práctica y aceptada la nota por el estudiante, el certificado podrá descargarse desde el apartado "Descargar documentos". Además, se notificará al estudiante cuando se produzca la puesta a disposición del certificado.

La puesta a disposición del certificado no será antes de las 48 horas posteriores a la finalización de todo el proceso.


Cuando te inscribes a una oferta de prácticas en empresa a través de la web "pem.upct.es", tienes la posibilidad de indicar un Tutor Académico de tu preferencia. Además, en el caso de que la empresa te haya propuesto como candidato en una oferta de prácticas, la empresa al crear la oferta, puede expresar en un campo habilitado para ello, una propuesta de Tutor Académico. Para ello, has de indicarle a la empresa, el nombre y apellidos del Tutor Académico de tu preferencia. Recuerda que se trata sólo de una sugerencia realizada al coordinador de prácticas de tu centro que podrá o no aprobarla.